EN LA ETAPA CONCILIATORIA DE UN JUICIO LABORAL, LAS PARTES DEBEN COMPARECER PERSONALMENTE, NO SUS REPRESENTANTES.

Fecha: 18/10/2022
Escrito por: Suprema Corte de Justicia de la Nación

Conforme a la Ley Federal del Trabajo, vigente hasta el 1° de mayo de 2019, en un juicio laboral, las partes deben asistir personalmente a la etapa conciliatoria y no sus representantes.

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