PROTEGE LA CORTE LOS DERECHOS DE ACCESO A LA JUSTICIA Y DE AUDIENCIA DE LOS QUEJOSOS QUE EN UN JUICIO DE AMPARO PODRÍAN VERSE AFECTADOS POR UNA CAUSAL DE IMPROCEDENCIA ADVERTIDA DE OFICIO.

Fecha: 10/07/2023
Escrito por: Suprema Corte de Justicia de la Nación

La Primera Sala de la SCJN resolvió que en los juicios de amparo, no procede desechar de plano el incidente de daños y perjuicios cuando la tercera interesada solicite un monto superior al de la garantía exhibida para obtener la suspensión.

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