Artículos jurídicos

  • 09.06.2022 LA CORTE RECONOCE QUE LOS PADRES DE CRIANZA PUEDEN SER BENEFICIARIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
    La Suprema Corte de Justicia de la Nación reconoce que los padres de crianza pueden ser beneficiarios de la seguridad social, tras acreditar la existencia de la familia con las pruebas previstas en el Código Federal de Procedimientos Civiles.
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  • 30.05.2022 PENSIONES DEL ISSSTE POR INVALIDEZ Y LA DERIVADA DEL SEGURO DE RIESGO DEL TRABAJO PUEDEN SER COMPATIBLES AL TENER ORÍGENES DISTINTOS Y AUTONOMÍA FINANCIERA DIVERSA.
    Asegurado del ISSSTE puede tener derecho al disfrute simultáneo de pensiones por riesgo del trabajo e invalidez, porque tienen orígenes distintos, cubren riesgos diferentes y cuentan con autonomía financiera.
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  • 23.05.2022 EL DERECHO A RECIBIR ALIMENTOS DE MANERA RETROACTIVA ES IMPRESCRIPTIBLE: PRIMERA SALA.
    La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación reiteró que el derecho a recibir alimentos de manera retroactiva es imprescriptible, sin que la falta de su reclamo en un tiempo determinado implique una renuncia a los mismos.
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  • 17.05.2022 LA PRIMERA SALA DECLARÓ LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY GENERAL DE SALUD EN LA PARTE QUE IMPIDE LA EXCLUSIÓN DEL DELITO DE POSESIÓN SIMPLE DE NARCÓTICO PARA USO O CONSUMO PERSONAL.
    La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad del artículo 478 de la Ley General de Salud en la parte que impide la exclusión del delito de posesión simple de marihuana cuando se demuestra que ésta es para uso o consumo personal.
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  • 13.04.2022 PLENO DE LA SCJN INVALIDA PRECEPTO DE LA LEY DE PROTECCIÓN A LOS ANIMALES DE LA CDMX QUE INVADÍA COMPETENCIA FEDERAL PARA LEGISLAR EN MATERIA PROCEDIMENTAL PENAL.
    Se invalidó el precepto de la Ley de Protección a los Animales dela CDMX que regulaba supuestos en los que la brigada de vigilancia animal podía entrar a un lugar cerrado sin orden judicial al existir flagrancia, por invadir facultad exclusiva del Congreso dela Unión.
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  • 29.03.2022 LAS LIMITANTES TEMPORALES ESTABLECIDAS POR EL LEGISLADOR PARA QUE UNA PERSONA PUEDA ADHERIRSE AL RECLAMO REALIZADO MEDIANTE UNA ACCIÓN COLECTIVA, SON CONSTITUCIONALES: PRIMERA SALA
    La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que los plazos establecidos en la ley para que una persona pueda adherirse al reclamo realizado mediante una acción colectiva son constitucionales ya que son acorddes con los derechos de tutela judicial efectiva, acceso a la justicia e igualdad ante la ley, así como derechos específicos del consumidor.    
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